A- de 2023
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Interconexion Electrica Isa Sa Esp·Demandado Correa De Muñoz Maria Berta Noemi Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Asuntos no atribuidos por ley a otras jurisdicciones
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Civil del Circuito de Puerto Berrío y el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera.
La controversia entre las precitadas autoridades tuvo su origen en la demanda abreviada de imposición de servidumbre eléctrica que interpuso Interconexión Eléctrica S.A ESP en contra de varios ciudadanos propietarios de un bien inmueble rural, pretendiendo la imposición de una servidumbre legal de transmisión eléctrica con ocupación permanente en dicho predio.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se decidió el asunto aplicando la regla que establece que, corresponde a la jurisdicción ordinaria, en su especialidad civil, por competencia residual (art. 12 del Código de Procedimiento Civil -vigente para la época de la presentación de la demanda) conocer del proceso de imposición de servidumbre de conducción de energía eléctrica, acorde con los supuestos del artículo 27 de la Ley 56 de 1981, al tratarse de un trámite especial que no está expresamente atribuido a una jurisdicción en particular.
Con base en lo anterior se remite el expediente al Juzgado Civil del Circuito de Puerto Berrío para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Civil del Circuito de Puerto Berrío y el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Civil del Circuito de Puerto Berrío es la autoridad competente para conocer del proceso promovido por Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. contra María Berta Noemí Correa de Muñoz y otros.
- SEGUNDO. REMITIR, por medio de la Secretaría General de esta Corporación, el expediente CJU-2344 al Juzgado Civil del Circuito de Puerto Berrío para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y al Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.